Artículo tercero. se invitará cuando se juzgue apropiado, con voz pero sin voto, a los siguientes Directores de entidades
El Gerente General del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, INCORA.
El Gerente General del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente I NDERENA.
EI Gerente General del Instituto de Financiamiento, Desarrollo Cooperativo de Colombia, F INANCIACOOP.
EI Gerente General del Instituto de Mercadeo Agropecuario, IDEMA.
El Director del Instituto Nacional de la Salud, INAS.
El Gerente del Instituto Colombiano de Energía Eléctrica," ICEL.
El Director General del Instituto Colombiano de Construcciones Escolares, ICCE.
El Jefe de la Oficina de Planeación del Ministerio de Educación Nacional.
El Jefe de la Oficina de Planeación del Ministerio de Salud Pública.
Otros directivos de entidades ejecutoras de los programas.