Articulo 3º El presente Decreto rige desde el primero del presente año. Comuníquese y publíquese.
Decreto 678 de 1947 →Vigente
Artículo 3
El Presente Decreto Rige Desde El Primero Del Presente Año
Decreto 678 de 1947 · Por el cual se determinan las apropiaciones para cubrir durante la presente vigencia fiscal los servicios y compromisos de los Ministerios de Trabajo y de Higiene
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.