Micelio

Artículo 6

La Junta Directiva Estará Integra Por: A) El Ministro De Educación Nacional O Su Representante, Quien Ia Presidirá; B) El Ministro De Relaciones Exteriores O Su Representante; C) El Director De La Academiade La Lengua A Su Representante; D) El Presidente De La Academiade Histsoria O Su Representante; E) El Presidente De La Academia De Jurisprudencia O Su Representante; F) El Presidente De La Academia De Ciencias Exactas, Físicas Y Naturales O Su Representante; G) El Director De La Biblioteca Nacionalo Su Reperesentante; H) El Presidente De La Sección Colombiana Del Instituto "gonzalo Fernández De Oviedo" O Su Representante; F) El Jefe De La División De Relaciones Culturales Y Divulgación Del Ministerio De Relaciones Exteriores

Decreto 249 de 1981 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Colombiano de Cultura Hispánica.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La Junta Directiva estará integra por

a)

El Ministro de Educación Nacional o su representante, quien Ia presidirá;

b)

El Ministro de Relaciones Exteriores o su representante;

c)

El Director de la Academiade la Lengua a su representante;

d)

El Presidente de la Academiade Histsoria o su representante;

e)

El Presidente de la Academia de Jurisprudencia o su representante;

f)

El Presidente de la Academia de Ciencias Exactas, físicas y Naturales o su representante;

g)

El Director de la Biblioteca Nacionalo su reperesentante;

h)

El Presidente de la Sección Colombiana del Instituto "Gonzalo Fernández de Oviedo" o su representante; f) El Jefe de la División de Relaciones Culturales y Divulgación del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Parágrafo 1

La Junta Directiva podrá nombrar en eventos especiales un Presidente honorario con el fin de honrar a un eminente servidor de la cultura nacional.

Parágrafo 2

El Director del Instituto asistirá, a las reuniones de la Junta Directiva y tendrá en ello voz peso no voto.

Parágrafo 3

El Secretario General actuará como Secretario de la Junta. Enausencia de este, se nombrará un Secretario ad hoc.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 249 de 1981