Todo vertimiento a un cuerpo de agua deberá cumplir, por lo menos, con las siguientes normas: Referencia Usuario existente Usuario nuevo pH 5 a 9 unidades 5 a 9 unidades Temperatura = 40ºC =40ºC Material flotante Ausente Ausente Grasas y aceites Remoción = 80% en carga Remoción = 80% en carga Sólidos suspendidos, domésticos o industriales Remoción = 50% en carga Remoción = 80% en carga Demanda bioquímica de oxígeno: Para desechos domésticos Remoción = 30% en carga Remoción = 80% en carga Para desechos industriales Remoción = 20% en carga Remoción = 80% en carga Carga máxima permisible (CMP), de acuerdo con lo establecido en los artículos 74 y 75 del presenta Decreto.
De acuerdo con las características del cuerpo receptor y del vertimiento, la EMAR decidirá cuál o cuáles de las normas de control de vertimiento señaladas en este artículo podrán excluirse.