Micelio

Artículo 41

Decreto 1042 de 2003 · por medio del cual se reglamentan parcialmente las Leyes 49 de 1990, 3ª de 1991 y 546 de 1999; se derogan los Decretos 1133 de 2000 y 1560 de 2001, y se modifica parcialmente el Decreto 2620 de 2000.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Intervención directa de las entidades otorgantes del subsidio en la ejecución de los proyectos . Las entidades otorgantes del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural, podrán intervenir los proyectos y ejecutarlos indirectamente a través de las entidades que señale la Comisión Intersectorial de Vivienda de Interés Social Rural cuando se presenten una o varias causas que según su criterio, impidan la normal ejecución de los mismos. Las entidades otorgantes del Subsidio establecerán las causales para tal intervención por medio de acto administrativo de su Junta o Consejo Directivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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