Micelio

Artículo 1

Poder Ejecutivo Nacional-Bogotá, Octubre 13 De 1890

Ley 14 de 1890 · Por la cual se da una autorización al Gobierno

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Autorízase al Gobierno para conceder a los Bancos particulares que lo soliciten, un plazo hasta de dos años para recoger los billetes que actualmente tengan en circulación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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