Micelio

Artículo 35

Decreto 2851 de 1984 · por el cual se dictan disposiciones sobre Asociaciones de Juntas de Acción Comunal.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Tesorero será el responsable del recaudo y cuidado de los bienes de la Asociación. Además de las funciones que le asigne los Estatutos, firmará conjuntamente con el Presidente y el Fiscal los cheques y documentos de ingresos y/o egresos. Para el ejercicio de su cargo deberá constituir fianza de manejo a favor de la Asociación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2851 de 1984