Todo patrono o empresario agrícola de la Zona Bananera del Magdalena, que tenga a su servicio mas de cinco empleados y obreros, estará obligado a prestar gratuitamente loa sus empleados y obreros el servicio médico y farmacéutico, dentro de la reglamentación que diere el Gobierno, a menos que se presten estos servicios por conducto del Centro Mixto de Salud, por ser socio de esta entidad el patrono o empresario agrícola.
Queda prohibido a los patronos o empresarios agrícolas de la Zona Bananera del Magdalena, hacer descuentos o rebajas en los sueldos, salarios remuneraciones de sus empleados y obreros, para la prestación de servicios médicos, farmacéuticos y de hospitalización. Las contravenciones a esta disposición se sancionarán con multas de cien pesos ($ 100) a quinientos pesos ($ 500) cada una, que impondrá la respectiva Oficina del Trabajo, además de la devolución de lo descontado o retenido al empleado u obrero.