Constituyen faltas a la lealtad profesional
Realizar directamente o por interpuesta persona y en cualquier forma, gestiones encaminadas a desplazar o a sustituir a un colega en asunto profesional de que éste se haya encargado, u ofrecer sus servicios o prestarlos a menor precio para impedir que se encargue de él a otro abogado.
Aceptar la gestión profesional a sabiendas de que le fue encomendada a otro abogado, salvo que medie renuncia o autorización del colega reemplazado, o que se justifique la sustitución.
Propiciar la elusión o el retardo del pago de los honorarios debidos a un colega. CAPITULO 2° De las sanciones.