Micelio

Artículo 46

Constituyen Faltas A La Lealtad Profesional: 1

Decreto 320 de 1970 · Por el cual se dicta el estatuto del ejercicio de la abogacía.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Constituyen faltas a la lealtad profesional

1.

Realizar directamente o por interpuesta persona y en cualquier forma, gestiones encaminadas a desplazar o a sustituir a un colega en asunto profesional de que éste se haya encargado, u ofrecer sus servicios o prestarlos a menor precio para impedir que se encargue de él a otro abogado.

2.

Aceptar la gestión profesional a sabiendas de que le fue encomendada a otro abogado, salvo que medie renuncia o autorización del colega reemplazado, o que se justifique la sustitución.

3.

Propiciar la elusión o el retardo del pago de los honorarios debidos a un colega. CAPITULO 2° De las sanciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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