Micelio

Artículo 57

Ley 81 de 1960 · Reorgánica del Impuesto sobre la Renta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La tarifa del impuesto sobre la renta de las sociedades anónimas, en comandita por acciones, limitadas asimiladas a anónimas y extranjeras es la siguiente: 12% en cuanto la renta líquida no gravable no exceda de $100.000; 24% sobre el exceso, en cuanto la renta líquida gravable exceda de $ 100.000.00 y no pase de $ 1.000.000.00, y 36% sobre el exceso en cuanto la renta liquida gravable exceda de $ 1.000.000.00.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 81 de 1960