Micelio

Artículo 5

Decreto 199 de 1923 · Por la cual se reglamenta el servicio que debe prestar la Banda Nacional de Bogotá

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

5.

El Director dela Banda Nacional de Bogotá presentara por lo menos tres veces en el año una selección de aires nacionales al estilo de las ya instrumentadas por dicho cuerpo. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 199 de 1923