º . Suprímese en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República la Consejería Presidencial para Antioquia, creada mediante Decreto 955 de 2001.
Los compromisos contractuales y legales, archivos y demás bienes muebles a cargo de la Consejería Presidencial para Antioquia serán administrados por el Área Administrativa y Financiera del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República hasta su terminación definitiva, la cual se llevará a cabo en un término máximo de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de publicación del presente decreto.