Micelio

Artículo 3

Ley 111 de 1960 · Por la cual se dictan disposiciones sobre el pago del personal del magisterio de Enseñanza Primaria

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las sumas que correspondan a cada sección del país, conforme al Artículo 1°. De esta Ley, serán giradas por la Nación a los respectivos Tesoreros Departamentales, Intendencias, Comisarias, Distrito Especial de Bogotá, etc., para que sean aplicadas exclusivamente a los fines previstos en la presente Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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