Micelio

Artículo 31

El Intendente O Comisario, Dentro De Los Dos (2) Días, Siguientes A Su Recibo, Podrá Objetar El Proyecto De Acuerdo Sobre Presupuesto Por Motivos De Inconstitucionalidad O Ilegalidad

Decreto 1927 de 1975 · Por el cual se dictan normas para elaboración, aprobación y ejecución de los presupuestos de Intendencias y Comisarías

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Intendente o Comisario, dentro de los dos (2) días, siguientes a su recibo, podrá objetar el proyecto de Acuerdo sobre presupuesto por motivos de inconstitucionalidad o ilegalidad. VIII. REPETICION DEL PRESUPUESTO

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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