°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE GOBIERNO Capítulo 16: Del artículo 126. Para compra de papel de imprenta, Edad Media, Manila, cartulina, tintas y otros elementos de esta naturaleza para el servicio de la Imprenta y Litografía Nacionales, en el año $ 9.468.05 Capítulo 16: Al artículo 124. Para los gastos de material y otros que demande el servicio de aseo e higiene de la Imprenta y Litografía Nacionales, en el año 200.00 Al artículo 125. Para la compra de elementos de encuadernación y empaste, compra de elementos y servicio de aseo y lubricación de maquinarias, compra de accesorios y repuestos, metal para, linotipo, servicio de montaje y reparación de máquinas de la Imprenta y Litografía Nacionales, y compra de elementos para la fabricación de sellos de caucho, timbres en relieve y otros gastos de la misma índole 2.000.00 Al artículo 127. Para útiles de escritorio, enseres y otros gastos de la Imprenta y Litografía Nacionales 2 .000 .00 Al artículo 129. Para compra de maquinaria, equipo y elementos necesarios para la Imprenta y Litografía Nacionales, en el año 3.668.05 Al artículo 133. Para el pago de hospitalizaciones y compra de drogas, material curativo y demás gastos del servicio médico para el personal de empleados y obreros de la Imprenta y Litografía Nacionales. 600.00 Capítulo 17: Al artículo 138. Para pago de medios sueldos por enfermedad comprobada de los empleados de las dependencias y entidades adscritas al Ministerio, excluidos los del ramo de Prisiones, que tiene apropiación especial. 1.000.00 Suman los créditos. $ 9.468 05
Decreto 1676 de 1942 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Gobierno Capítulo 16: Del Artículo 126
Decreto 1676 de 1942 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.