Micelio

Artículo 34

De Acuerdo Con Las Normas Establecidas Por El Departamento Administrativo Del Servicio Civil, La Sección De Clasificación Y Remuneración Tendrá Las Siguientes Funciones; A) Adelantar Estudios De Clasificación De Cargos; B) Vigilar La Aplicación De Las Normas De Clasificación Y Remuneración De Empleados Del Ministerio ', Y En Concordancia Con Los Respectivos Contratos De Descentralización De Servicios, A Aplicación De Las Mismas Normas Respecto De Los Funcionarios En Los Departamentos Y Municipales; C) Estudiar Sistemas Y Escalas De Remuneración En Otras Entidades Para Compararlas Con Las Existentes En El Ministerio Para Los Cargos Con Funciones Similares; D) Revisar Su Fuere Necesario, Las Funciones Del Personal Y Adelantar Una Nueva Evaluación Y Clasificación De Los Cargos Cuando Se Modifique La Estructura De Alguna De Las Dependencias Del Ministerio

Decreto 1425 de 1960 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Agricultura

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De acuerdo con las normas establecidas por el Departamento Administrativo del Servicio Civil, la Sección de Clasificación y Remuneración tendrá las siguientes funciones

a)

Adelantar estudios de clasificación de cargos;

b)

Vigilar la aplicación de las normas de clasificación y remuneración de empleados del Ministerio ', y en concordancia con los respectivos contratos de descentralización de servicios, a aplicación de las mismas normas respecto de los funcionarios en los Departamentos y Municipales;

c)

Estudiar sistemas y escalas de remuneración en otras entidades para compararlas con las existentes en el Ministerio para los cargos con funciones similares;

d)

Revisar su fuere necesario, las funciones del personal y adelantar una nueva evaluación y clasificación de los cargos cuando se modifique la estructura de alguna de las dependencias del Ministerio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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