Modalidades de selección . De conformidad con el artículo 2° de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, las entidades seleccionarán a los contratistas a través de las siguientes modalidades:
1. Licitación pública.
2. Selección abreviada.
3. Concurso de méritos.
4. Contratación directa, y
5. Mínima cuantía.
Parágrafo. Para la selección de los contratistas se aplicarán los principios de economía, transparencia y responsabilidad contenidos en la Ley 80 de 1993 y los postulados que rigen la función administrativa.