Micelio

Artículo 9

º Retiro Provisional Del Equipo De Medida

Decreto 1303 de 1989 · Por el cual se establece el régimen de suspensiones del servicio eléctrico y las sanciones pecuniarias por el uso no autorizado o fraudulento del mismo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º RETIRO PROVISIONAL DEL EQUIPO DE MEDIDA. La entidad podrá retirar el equipo de medida a fin de verificar su correcto funcionamiento y cambiarlo o exigir su cambio si es necesario. En caso de retiro del contador, la entidad procurará instalar otro, con carácter provisional, mientras se efectúa la reparación o el cambio. Cuando la entidad retire el contador de un inmueble por razones de verificación o mantenimiento, deberá reponerlo o exigir su reposición en un lapso no superior a dos (2) meses. Durante el período en que el inmueble permanezca sin contador pero con servicio de energía, la facturación se realizará con base en los procedimientos establecidos por la autoridad competente para servicios sin medición.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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