Micelio

Artículo 5

Decreto 709 de 1940 · Por el cual se reglamenta la Ley 61 de 1939

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El auxilio de cesantía se pagará a razón de tres jornales por cada mes completo de trabajo; para el cómputo, sólo se tendrá en cuenta el tiempo servido con posterioridad a la fecha de la vigencia de la Ley que se reglamenta, o sea el 19 de diciembre de 1939.

En ningún caso recibirá el trabajador menos del salario de una semana por concepto de cesantía.

JURISPRUDENCIA

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 5º. El auxilio de cesantía se pagará a razón de tres jornales por cada mes completo de trabajo; para el cómputo, sólo se tendrá en cuenta el tiempo servido con posterioridad a la fecha de la vigencia de la Ley que se reglamenta, o sea el 19 de diciembre de 1939.

En ningún caso recibirá el trabajador menos del salario de una semana por concepto de cesantía.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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