Micelio

Artículo 11

El Presidente Del Tribunal Que Asista A Los Exámenes Que Se Verifiquen Ante Los Jurados De Examinadores Que Designen Los Consejas Directivos, O Conciliadoras De Las Facultades De Derecho Nacionales O Departamentales, O De Las Particulares Con Personería, Jurídica Que Funcionen En Bogotá, Hará Parte Del Jurado De Calificación Y Firmará También La Matrícula Que Se Expida Al Favorecido

Decreto 999 de 1932 · Por el cual se reglamenta la Ley 21 de 1931

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Presidente del Tribunal que asista a los exámenes que se verifiquen ante los Jurados de Examinadores que designen los Consejas Directivos, o Conciliadoras de las Facultades de Derecho nacionales o departamentales, o de las particulares con personería, jurídica que funcionen en Bogotá, hará parte del Jurado de Calificación y firmará también la matrícula que se expida al favorecido.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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