Micelio

Artículo 1

Ley 2 de 1981 · por la cual se conceden unas exenciones tributarias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Solo para los efectos del impuesto sobre la renta y complementarios y en las condiciones señaladas en el artículo 99 del Decreto legislativo número 2053 de 1974, prorrogase por el término de diez (10) años, a partir del año gravable de 1980, el descuento tributario establecido para las empresas colombianas de transporte aéreo.

Parágrafo

Las exenciones de que trata la presente ley se aplicarán igualmente a las empresas de servicio de Fumigación aérea, que estén debidamente autorizadas por el Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil y vigiladas por la Superintendencia de Sociedades.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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