Micelio

Artículo 15

Fortalecimiento Del Gobierno Propio

Decreto 981 de 2026 · Por el cual se establece e implementa la Política de la Niñez Indígena como la política de Infancia y Adolescencia para los pueblos indígenas de Colombia y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno Nacional, en cabeza del Ministerio del Interior, en coordinación con las autoridades de los pueblos indígenas, promoverá y garantizará la creación, fortalecimiento y sostenimiento de escenarios de gobierno de liderazgo indígena y procesos de semilleros de formación, enfocados al diálogo político, la concertación y el fortalecimiento de capacidades para el ejercicio del gobierno propio, la gobernanza territorial, la autonomía y la participación comunitaria. De conformidad con el marco fiscal de mediano plazo.

Parágrafo

En el fortalecimiento del Gobierno propio se garantizará la participación real y efectiva de las mujeres indígenas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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