°. Los aranceles aduaneros sobre las importaciones de Productos Agrícolas Procesados originarios de un Estado AELC, comprendidos en las líneas arancelarias de la categoría de desgravación H en el artículo 21 del presente Decreto, tendrán una reducción de cinco (5) puntos porcentuales sobre el arancel base a partir del 1 de enero del tercer año de la fecha de entrada en vigor del Acuerdo, y mantendrán un arancel remanente del quince por ciento (15%) de esa fecha en adelante. Tasa Base Año 1 Año 2 A partir del Año 3 20% 20% 20% 15% SECCIÓN B - LISTA DE DESGRAVACIÓN
Artículo 20
Los Aranceles Aduaneros Sobre Las Importaciones De Productos Agrícolas Procesados Originarios De Un Estado Aelc, Comprendidos En Las Líneas Arancelarias De La Categoría De Desgravación H En El Artículo 21 Del Presente Decreto, Tendrán Una Reducción De Cinco (5) Puntos Porcentuales Sobre El Arancel Base A Partir Del 1 De Enero Del Tercer Año De La Fecha De Entrada En Vigor Del Acuerdo, Y Mantendrán Un Arancel Remanente Del Quince Por Ciento (15%) De Esa Fecha En Adelante
Decreto 29 de 2012 · por el cual se da cumplimiento a los compromisos arancelarios adquiridos por Colombia en virtud del Acuerdo de Libre Comercio entre la República de Colombia y los Estados AELC, el Acuerdo sobre Agricultura entre la República de Colombia y la República de Islandia, el Acuerdo sobre Agricultura entre la República de Colombia y el Reino de Noruega, y el Acuerdo sobre Agricultura entre la República de Colombia y la Confederación Suiza
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.