Micelio

Artículo 6

Cuando Un Tripulante Haya Sido Castigado Con Privación De Más De Una Jineta De Buena Conducta A La Vez, La Revalidación De Cada Una De Ellas Deberá Producirse Por Separado De Acuerdo Con Las Condiciones Que Contemplan Los Artículos 4° Y 5° De Este Decreto

Decreto 823 de 1949 · Por el cual se reglamentan los requisitos para obtener las jinetas de buena conducta y las causales que determinan su pérdida y recuperación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Cuando un tripulante haya sido castigado con privación de más de una jineta de buena conducta a la vez, la revalidación de cada una de ellas deberá producirse por separado de acuerdo con las condiciones que contemplan los artículos 4° y 5° de este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 823 de 1949