Decreto 1974 de 1955 · Por el cual se toma una determinación relacionada con la Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Artículo primero. Mientras subsista la actual situación de orden público, aplázase la próxima reunión ordinaria de la Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa.
Parágrafo
El Gobierno Nacional podrá convocar la Asamblea a sesiones extraordinarias cuando lo juzgue conveniente.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.