Documentos adicionales Todas las Cámaras, deben acompañar los Estados Financieros de Propósito General de los siguientes documentos: a. El documento mediante el cual el representante legal y el contador certifican que los estados financieros remitidos a la Entidad cumplen con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 222 de 1995. Este documento debe ser suscrito, adicionalmente, por el revisor fiscal que los dictamine en cumplimiento del artículo 38 ibídem, en concordancia con el artículo 15 de la Ley 1314 de 2009. La certificación debe contener el número del documento de identidad, así como las firmas del representante legal y contador, y la indicación del número de tarjeta profesional en el caso de este último. b. Copia del informe de gestión que el presidente ejecutivo presente al máximo órgano de administración para su aprobación, de conformidad con el artículo 2 de la Ley 1727 de 2014, el cual además debe contener el estado de cumplimiento de las normas sobre propiedad intelectual y derechos de autor por parte de la respectiva Cámara. c. Dictamen del revisor fiscal. d. Notas a los Estados Financieros de Propósito General, las cuales deben contener las revelaciones de los estados de: (i) situación financiera, (ii) resultado integral del ejercicio, (iii) componentes del otro resultado integral (ORI), (iv) cambios en el patrimonio y (v) flujos de efectivo; como parte integral de los mismos. e. Copia del extracto del acta de la reunión en la cual se aprobaron los Estados Financieros de Propósito General y el informe de gestión. Todos los documentos adicionales deben ser remitidos dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para el envío de la Información dispuesto en el punto 1.3. Los Estados Financieros de Propósito General solo se entenderán recibidos con la presentación de todos los documentos adicionales enunciados.
Artículo 1.4
Circular 100-000004 de 2022 · Circular Externa 100-000004 de 5 de mayo de 2022
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.