Micelio

Artículo 2

Decreto 546 de 1991 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 48 de 1990.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . El rendimiento de las inversiones temporales de que trata el artículo anterior, se reconocerá con sujeción a los términos del artículo 2 de la Ley 48 de 1990.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 546 de 1991