Micelio

Artículo 2.4.1.7.6.9

Funciones Del Comité Técnico De Los Componentes De Promotores/As Comunitarios De Paz Y Convivencia, Y De Apoyo A La Actividad De Denuncia

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones del Comité Técnico de los componentes de Promotores/as Comunitarios de Paz y Convivencia, y de Apoyo a la Actividad de Denuncia. El Comité técnico de los componentes de Promotores/as Comunitarios de Paz y Convivencia, y de Apoyo a la Actividad de Denuncia tendrá las siguientes funciones:

1.

Definir y/o consolidar lineamientos técnicos así como impulsar el diseño, seguimiento, coordinación y/o articulación de acciones institucionales en materia de convivencia, paz y derechos humanos, y para el programa de apoyo a la actividad de denuncia.

2.

Definir los criterios de priorización y la focalización de los municipios que serán beneficiarios del Programa de Promotores/as Comunitario/as de Paz y Convivencia, y del programa de apoyo a la actividad de denuncia.

3.

Diseñar e impulsar la implementación de los Planes Estratégico y Operativo Anual del Programa de Promotores/as Comunitario/as de Paz y Convivencia, y del programa de apoyo a la actividad de denuncia.

4.

Promover la recuperación, difusión, visibilización y fortalecimiento de saberes y prácticas comunitarias y/o tradicionales relacionadas con el trámite, gestión y resolución de conflictos.

5.

Priorizar las solicitudes de protección de derechos humanos realizadas por los Promotores/as Comunitarios de Paz y Convivencia.

6.

Definir los mecanismos de la acreditación de la figura de Promotores/as Comunitarios de Paz y Convivencia.

7.

Presentar un informe semestral a la Instancia de Alto Nivel del Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política, que dé cuenta del funcionamiento del Programa de Promotores/as Comunitario/as de Paz y Convivencia, y del Programa de Apoyo a la Actividad de Denuncia.

8.

Realizar seguimiento y evaluación al desarrollo de los instrumentos de planeación incorporados por las entidades territoriales, para la implementación de las medidas dispuestas en el marco del Programa de Promotores/as Comunitario/as de Paz y Convivencia, y del Programa de Apoyo a la Actividad de Denuncia.

9.

Hacer seguimiento a la implementación de medidas adoptadas en el marco del Programa de Promotores/as Comunitario/as de Paz y Convivencia, y del Programa de Apoyo a la Actividad de Denuncia.

10.

Hacer seguimiento y evaluación de la actividad de denuncia de las organizaciones sociales en el territorio, y solicitará respuestas de las entidades encargadas del trámite de las denuncias.

11.

Las demás necesarias para el cumplimiento de su mandato.

12.

Elaborar su propio reglamento.

Las decisiones del Comité serán tomadas por mayoría simple.

Parágrafo

En todas las funciones y componente se propenderá la observancia de los enfoques de derechos, de género, étnico, territorial y diferencial.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1066 de 2015