Micelio

Artículo 7

El Transporte De Las Mercaderías Consignadas A La Feria Exposición Internacional De Bogotá D

Decreto 1823 de 1969 · Por el cual se crea una Zona Franca aduanera transitoria

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El transporte de las mercaderías consignadas a la Feria Exposición Internacional de Bogotá D.E, se hará desde el puerto de arribo hasta la Zona Franca Ferial, por intermedio de compañías debidamente autorizadas para transportar mercaderías sin nacionalizar. Las autoridades portuarias y aduaneras del lugar de llegada procederán a despachar de inmediato los cargamentos destinados a la Feria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1823 de 1969