Micelio

Artículo 2.7.2.1.1.5

Causales De Pérdida De La Delegación De Funciones

Decreto 780 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Causales de pérdida de la delegación de funciones. El Ministerio de Salud y Protección Social reasumirá las funciones delegadas en los términos del artículo 11 de la Ley 1164 de 2007, si se presenta alguna de las siguientes causales

1.

La disolución del colegio delegatario o la pérdida de su personería jurídica.

2.

El incumplimiento de los requisitos establecidos en los numerales 1, 3 y 4 del artículo 2.7.2.1.1.1 del presente decreto.

3.

Incumplimiento de las obligaciones que le corresponde asumir al colegio como delegatario de funciones públicas.

4.

Fallas o inconsistencias relacionadas con la calidad, oportunidad, confidencialidad e integridad de la información.

5.

Inscribir profesionales en el Rethus o expedir tarjetas de identificación única sin el cumplimiento de los requisitos.

6.

Las demás que contravengan el ejercicio de las funciones delegadas. (Artículo 7° del Decreto 4192 de 2010)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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