° Dichas remesas se invertirán en pago de las raciones de los enfermos y en el cambio de las monedas legitimas de níquel y de cobre que circulan actualmente en los lazaretos, mandadas acuñar por los Decreto números 1452 de 1907 y 272 de 1915.
Decreto 738 de 1921 →Vigente
Artículo 6
Dichas Remesas Se Invertirán En Pago De Las Raciones De Los Enfermos Y En El Cambio De Las Monedas Legitimas De Níquel Y De Cobre Que Circulan Actualmente En Los Lazaretos, Mandadas Acuñar Por Los Decreto Números 1452 De 1907 Y 272 De 1915
Decreto 738 de 1921 · Sobre acuñación de moneda especial para los Lazaretos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.