Micelio

Artículo 31

El Decano Representa Al Rector, Es La Máxima Autoridad, Ejecutiva En La Respectiva Facultad Y Tiene, Las-Siguientes Funciones: A) Cumplir Y Hacer Cumplir En Su Dependencia Las Disposiciones Vigentes Y Las Órdenes Del Rector; B) Asesorar Al Rector En La Selección De Personal Docente, Previa Consulta, Con El Consejo De La Respectiva Facultad; C) Presentar Al Consejo Académico Los Nombres De Las Personas Que A Juicio Del Respectivo Consejo Sean Merecedoras Do Distinciones; D) Las Demás Que Le Señalen Los Estatutos, Los Reglamentos Y El Rector

Decreto 3146 de 1980 · Por el cual se aprueba el Estatuto General de la Universidad Pedagógica Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Decano representa al Rector, es la máxima autoridad, ejecutiva en la respectiva Facultad y tiene, las-siguientes funciones

a)

Cumplir y hacer cumplir en su dependencia las disposiciones vigentes y las órdenes del Rector;

b)

Asesorar al Rector en la selección de personal docente, previa consulta, con el Consejo de la respectiva Facultad;

c)

Presentar al Consejo Académico los nombres de las personas que a juicio del respectivo Consejo sean merecedoras do distinciones;

d)

Las demás que le señalen los estatutos, los reglamentos y el Rector.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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