Para sueldos y sostenimiento en general de las Escuelas Vocacionales Agrícolas de Guavatá (Santander) y Sonsón (Antioquia), se distribuye la siguiente partida apropiada en el capítulo 65, articulo 951, del Presupuesto Nacional vigente, así:
Escueta Vocacional Agrícola de Guavatá:
Las partidas correspondientes a sueldos se girarán por conducto de las Administraciones de Hacienda respectivas, y las destinadas a semillas, combustibles v demás gastos se girarán al Contador Habilitado de Escuelas Vocacionales.