°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial y los artículos que no hayan sido objeto de modificación continúan vigentes.
Decreto 774 de 2025 →Vigente
Artículo 3
Vigencia
Decreto 774 de 2025 · por el cual se modifica parcialmente el artículo 2.3.1.1.1. y el Capítulo 4 del Título 1, Parte 3, Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio 1077 de 2015, mediante el cual se establecen las condiciones y criterios para el uso de los biosólidos generados en sistemas de tratamiento de aguas residuales municipales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.