Micelio

Artículo 2.14.11.4.1

Designación

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Designación . La designación de los peritos que deban realizar los avalúos de predios y mejoras con fines de reforma agraria será rotatoria, teniendo en cuenta la lista de expertos que para el efecto elabore el Instituto por Regional o Departamento, de manera que la misma persona no pueda ser nombrada por segunda vez sino cuando se haya agotado la lista. No obstante, el Instituto podrá adoptar otro sistema de designación que en todo caso garantice la aplicación de los principios de transparencia y responsabilidad que rigen la función administrativa.

Parágrafo

La designación de los peritos que deben intervenir dentro de los procedimientos de extinción del derecho de dominio, clarificación de la propiedad, deslinde y recuperación de baldíos se efectuará por sorteo, con base en el Listado Nacional de Peritos para la Reforma Agraria, no pudiendo concurrir a un segundo sorteo los peritos que ya fueron designados, hasta cuando se agote la lista de los expertos inscritos, para lo cual se citará previamente al Agente del Ministerio Público Agrario con antelación no inferior a tres (3) días calendario. De todo lo actuado se dejará constancia en actas que serán suscritas por los funcionarios que intervengan y el Procurador Agrario si hubiere concurrido. (Decreto número 1139 de 1995, artículo 13)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1071 de 2015