Presupuestación de los recursos que financian y cofinancian el aseguramiento. La presupuestación de los recursos que financian y cofinancian el Régimen Subsidiado la deben realizar las entidades territoriales en el respectivo fondo de salud, con fundamento en el plan financiero territorial de salud, sin perjuicio de los ajustes que deban realizarse en cada vigencia fiscal, con base en el recaudo real de las rentas que financian y cofinancian el régimen subsidiado
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LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.6.4.2.2.1.1. De los recursos de propiedad de las entidades territoriales. Los recursos de que trata esta sección son de propiedad de las entidades territoriales, no harán unidad de caja con los demás recursos administrados por la ADRES, conservan la destinación específica y se manejarán contablemente identificando el concepto y la entidad territorial.
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