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Artículo 1

Modifíquese El Artículo 17 Del Decreto 951 De 2001, El Cual Quedará Así: Artículo 17

Decreto 4213 de 2011 · Por el cual se modifican los artículos 17 y 18 del Decreto 951 de 2001 y se adiciona un artículo al Decreto 170 de 2008

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifíquese el artículo 17 del Decreto 951 de 2001, el cual quedará así: Artículo 17. Criterios de Calificación de las Postulaciones y Asignación de los Subsidios de Vivienda de Interés Social Urbana . La calificación para las postulaciones y asignación del subsidio de vivienda, en el caso de la población desplazada, se realizará de acuerdo con la ponderación de las siguientes variables

a)

Modalidad de aplicación del subsidio familiar de vivienda (MA): Adquisición de vivienda nueva o usada; mejoramiento de vivienda; construcción en sitio propio.

b)

Composición familiar (CF): Hace referencia al número de miembros que conforman el hogar postulante.

c)

Composición étnica (CE): Hace referencia a hogares desplazados de minorías étnicas como: Negritudes, afrocolombianos, palenqueros, raizales, indígenas, ROM o Gitanos.

d)

Única Jefatura (UJ): Hogares dependientes de un solo miembro, mujer u hombre cabeza de hogar.

e)

Hogares con miembros vulnerables (HMV): Hogares con menores de edad, adultos mayores de sesenta y cinco (65) años, y personas con discapacidad.

f)

Hogares inscritos en Planes de Vivienda (P): Hogares que hacen parte de planes de vivienda.

g)

Hogares incluidos en la Red para la Superación de la Pobreza Extrema Unidos, UNIDOS.

h)

Dependencia económica (DE): Es la relación entre la sumatoria de niños, discapacitados y adultos mayores sobre el total de números de miembros del hogar.

i)

Tiempo en situación de desplazamiento (TD): Hace referencia a los años que el hogar ha estado en condición de desplazado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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