Micelio

Artículo 2

Durante La Vigencia Del Presente Decreto Los Jueces De Instrucción Criminal Deberán Recibir En El Lugar Donde Los Radique El Gobernador Las Denuncias Que Se Les Presenten Por Delitos De Competencia De Los Jueces Superiores O De Circuito En Lo Penal Que Puedan Cometerse Con Motivo Del Próximo Debate Electoral, O Iniciar De Oficio Las Diligencias Respectivas

Decreto 1617 de 1949 · por el cual se modifica el Decreto número 614 de 1949 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Durante la vigencia del presente Decreto los Jueces de Instrucción Criminal deberán recibir en el lugar donde los radique el Gobernador las denuncias que se les presenten por delitos de competencia de los Jueces Superiores o de Circuito en lo Penal que puedan cometerse con motivo del próximo debate electoral, o iniciar de oficio las diligencias respectivas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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