Micelio

Artículo 351

Ley 109 de 1922 · De Código Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando uno de los hechos de que tratan losArtículos anteriores, se cometa con amenaza contra la vida, a mano armada, o por varias personas, de las cuales una sola esté ostensiblemente armada, o por varios enmascarados, o si el hecho se comete por medio de actos que afecten la libertad personal, la reclusión será de tres a diez años.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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