<Decreto derogado por el artículo 60 del decreto 627 de 1974> La Dirección del Departamento Nacional de Planeación corresponde al Jefe del departamento. Son funciones del Jefe del departamento:
Presentar al Presidente de la República y al Consejo Nacional de Planeación, los planes, programas y proyectos elaborados por el Departamento.
Dirigir las relaciones del Departamento con el Presidente de la República, el Congreso Nacional, los Ministros del Despacho y demás funcionarios y entidades públicas y privadas.
Presentar informes de las labores del Departamento al Presidente de la República y al Congreso Nacional.
Adelantar, en armonía con las funciones propias del Departamento, las gestiones necesarias para asegurar el oportuno cumplimiento de los planes, programas y proyectos que hayan sido adoptados.
Promover la organización de unidades de planeación en los Ministerios y demás entidades oficiales y facilitar la asistencia técnica que para ello se requiera;
Presentar, a través de la Secretaría de Organización e Inspección de la Administración Pública, recomendaciones acerca de las reformas que considere necesarias introducir a la estructura de la administración pública para asegurar el cumplimiento de los planes y programas de desarrollo.
7o,. Autorizar las publicaciones del departamento.
Secretaría General.