Micelio

Artículo 1

El Ingeniero Delegado De Colombia A La Oficina Permanente Del Subcomité Del Darién, Con Residencia En La Ciudad De Panamá, Tendrá Derecho Únicamente A Cuarenta Pesos ($ 40

Decreto 1945 de 1961 · Por el cual se modifica el Decreto número 0199 de marzo 1961

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Ingeniero Delegado de Colombia a la Oficina Permanente del Subcomité del Darién, con residencia en la ciudad de Panamá, tendrá derecho únicamente a cuarenta pesos ($ 40.00) diarios de viáticos cuando viaje a territorio colombiano.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1945 de 1961