° El Ingeniero Delegado de Colombia a la Oficina Permanente del Subcomité del Darién, con residencia en la ciudad de Panamá, tendrá derecho únicamente a cuarenta pesos ($ 40.00) diarios de viáticos cuando viaje a territorio colombiano.
Decreto 1945 de 1961 →Vigente
Artículo 1
El Ingeniero Delegado De Colombia A La Oficina Permanente Del Subcomité Del Darién, Con Residencia En La Ciudad De Panamá, Tendrá Derecho Únicamente A Cuarenta Pesos ($ 40
Decreto 1945 de 1961 · Por el cual se modifica el Decreto número 0199 de marzo 1961
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.