Una vez hechos los estudios comparativos y aprobados por el respectivo Ministerio los planos, presupuestos y especificaciones, el Gobierno procederá a construir la obra, previa constitución de una sociedad en la cual la Nación aportara el cincuenta y cinco por ciento (55%) de las acciones y el Departamento de Santander, los Municipios beneficiados y las personas y entidades que quieran prestar su concurso, con el cuarenta y cinco por ciento (45%) restante.
Ley 7 de 1941 →Vigente
Artículo 3
Ley 7 de 1941 · Sobre construcción de una central hidroeléctrica para el servicio de los municipios de la Región de García Rovira, en el Departamento de Santander, y se restablece el circuito de Registro de Barichara
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.