Micelio

Artículo 1

Ley 28 de 1909 · por la cual se favorecen algunas poblaciones contra las irrupciones de indígenas salvajes

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Créase un Cuerpo especial de Gendarmería, que no bajará de treinta (30) hombres, cuya misión será repeler las irrupciones de los indios motilones en la comarca comprendida entre los Corregimientos de Becerril y La Paz en el Departamento de Santa Marta, dar seguridad á los viajeros que por allí transiten y proteger las poblaciones y haciendas de esa zona.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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