Prevención. El Ministerio del Interior asesorará técnicamente a las entidades territoriales en la formulación de políticas de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario y en la incorporación de un enfoque de derechos en los diferentes instrumentos de planeación y sus estrategias de implementación en el ámbito municipal y departamental. Para ello, la Unidad Nacional de Protección apoyará al Ministerio del Interior.
Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el parágrafo 2° del artículo 31 de la Ley 1448 de 2011.
(Decreto 4912 de 2011, artículo 4°)