° A partir del 31 de julio de 1990, se impondrán nuevas multas a los responsables de las salas de exhibición cinematográfica que para esa fecha no hayan dado cumplimiento al registro obligatorio; presentando para el efecto los requisitos señalados en el artículo anterior.
Decreto 808 de 1990 →Vigente
Artículo 3
A Partir Del 31 De Julio De 1990, Se Impondrán Nuevas Multas A Los Responsables De Las Salas De Exhibición Cinematográfica Que Para Esa Fecha No Hayan Dado Cumplimiento Al Registro Obligatorio; Presentando Para El Efecto Los Requisitos Señalados En El Artículo Anterior
Decreto 808 de 1990 · por el cual se modifican los artículos 11 y 12 del Decreto 1156 de 1988.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.