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Artículo 4

Acto_legislativo 3 de 1954 · ACTO LEGISLATIVO 3 DE 1954, 25/08/1954, Reformatorio de la Constitución Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El presente Acto legislativo rige desde su sanción.

Aprobado en segundo debate por la Asamblea Nacional Constituyente, en sesión del día 25 de agosto de 1954.

El Presidente,

MARIANO OSPINA PÉREZ.

El Secretario,

Rafael Azula Barrera .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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