Actos administrativos. Los actos administrativos que realice el Instituto estará sujeto al procedimiento gubernativo contemplado por el Decreto número 2733 de 1959 pero contra los mismos sólo procederá el recurso de reposición, decido el cual se entenderá agotada la vía gubernativa. El recurso de reposición no es obligatorio para el ejercicio de las acciones contencioso administrativas.
Decreto 1101 de 1969 →Vigente
Artículo 35
Actos Administrativos
Decreto 1101 de 1969 · Por el cual se aprueban los Estatutos del Instituto Nacional de Provisiones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.