Artículo único. La Zona de Carreteras de Pamplona atendería con la partida que le ha sido asignada a los trabajos que se necesiten con mayor urgencia en la vía Cúcuta-Catatumbo, especialmente a las obras indispensables para el paso del rio Zulia. Comuníquese y publíquese.
Decreto 989 de 1943 →Vigente
Artículo 1
Decreto 989 de 1943 · Por el cual se incorpora a la Zona de Carreteras de Pamplona una vía pública
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.