Art. 2°. Concédese igualmente una pension de veinticinco pesos mensuales á Ernestina Galindo, hija legítima del señor Toribio Galindo, muerto en defensa de las instituciones, en el Estado de Santander.
Ley 44 de 1881 →Vigente
Artículo 2
Ley 44 de 1881 · Que concede varias pensiones y que deroga la 50 de 1879
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.