: Reconocimiento de rentas . El producto de las rentas se contabilizará sobre Ia base de su reconocimiento y corresponde al año fiscal en que este se efectué. Se entiende por reconocimiento el acto de liquidar o determinar la cuantía de lo que deba pagarse por concepto de impuestos o cualquier otra renta.
Decreto 2407 de 1981 →Vigente
Artículo 100
: Reconocimiento De Rentas
Decreto 2407 de 1981 · Por el cual se expiden normas sobre elaboración, presentación y ejecución de los presupuestos departamentales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.